---
canonical_url: "https://labrujula.com.ar/contenido/4410/niegan-la-sesion-el-codigo-de-descuento-de-la-caja-de-credito-y-aclaran-las-cond"
title: "Niegan la sesión el código de descuento de la Caja de Crédito y aclaran las condiciones del convenio con Centrocard"
article_type: "Article"
description: "El organismo provincial afirma que  mantiene sus operaciones con transparencia, respetando los topes legales y la voluntariado de los empleados públicos."
main_image: "https://labrujula.com.ar/download/multimedia.normal.a66d550be2185957.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp"
date_published: "2026-08-08T13:36:00-03:00"
date_modified: "2026-08-09T21:04:15-03:00"
category_name: "Actualidad"
category_url: "https://labrujula.com.ar/categoria/2/actualidad"
---

# Niegan la sesión el código de descuento de la Caja de Crédito y aclaran las condiciones del convenio con Centrocard

El Director Ejecutivo de la Caja de Crédito y Prestaciones de Catamarca, Dr. Hugo Aibar, desmintió categóricamente en **LA BRÚJULA** que el organismo haya cedido su código de descuento a una firma privada. El funcionario explicó los alcances del convenio vigente con la empresa Centrocard y aseguró que se trata de una operatoria transparente, voluntaria y estrictamente enmarcada en la normativa vigente.

Para brindar claridad a los trabajadores estatales y resolver confusiones en la lectura de los recibos de haberes, Aibar enfatizó la diferenciación técnica entre ambos códigos. Precisó que la Caja conserva de manera exclusiva el código institucional 0153 para sus propios préstamos, mientras que las operaciones con la tarjeta corresponden al código 0691, el cual puede figurar en las liquidaciones bajo las denominaciones "Capresca CC" o "Convenio Capresca Centrocard".

Asimismo, el titular de la institución remarcó que la adhesión de los agentes públicos a estos beneficios es puramente optativa y requiere la presentación presencial de su DNI, recibo de sueldo y certificación de domicilio. En ese sentido, recordó que la normativa implementada desde el año 2012 eliminó de forma definitiva las retenciones compulsivas tanto en el ámbito provincial como municipal, manteniendo únicamente aquellos descuentos autorizados de forma expresa.

En cuanto a los aspectos financieros del convenio, el Dr. Aibar destacó un balance favorable para la administración pública, ya que se acordó un porcentaje de retención del 2,5% sobre las operaciones realizadas —superando el 1% fijado históricamente—, junto con la implementación de un módulo de recupero técnico orientado a modernizar y fortalecer el sistema de crédito del organismo.

Por último, el Director Ejecutivo garantizó el cumplimiento del tope legal del 20% de retención sobre los haberes de los empleados públicos, prohibiendo además que tales descuentos se destinen al pago mínimo o parcial de resúmenes. Desmintió también de manera enfática la entrega de una base de datos institucional a terceros, ratificando que solo se gestiona la información de los usuarios que se adhieren voluntariamente, en pleno resguardo de la Ley de Protección de Datos Personales.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
