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title: "El constitucionalista Andrés Gil Domínguez analizó la resolución judicial que frenó un tercer mandato en la UNT"
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description: "El constitucionalista analizó la resolución judicial que frenó un tercer mandato en la UNT y remarcó que las fórmulas de decanos y rectores solo admiten una reelección consecutiva, sin posibilidad de intercambiar cargos y advirtió sobre el impacto en la UNCA."
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date_published: "2026-09-30T00:07:00-03:00"
date_modified: "2026-09-30T00:22:49-03:00"
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# El constitucionalista Andrés Gil Domínguez analizó la resolución judicial que frenó un tercer mandato en la UNT

La reciente resolución de la Cámara Federal de Tucumán que frenó un tercer mandato consecutivo en el rectorado de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT) encendió alarmas institucionales en la región y reabrió el debate sobre situaciones similares ocurridas en la Universidad Nacional de Catamarca (UNCA)                                                                                        . En diálogo con **LA BRÚJULA**, el Dr. Andrés Gil Domínguez —posdoctor en Derecho, doctor en Derecho y profesor de Derecho Constitucional de la UBA— explicó el alcance doctrinario de la medida y su impacto directo sobre los decanos catamarqueños que extendieron su permanencia en el poder                                                                                        .

Para Gil Domínguez, la vinculación entre ambas situaciones es directa porque lo que se debatió de fondo fue la vigencia de los límites del sistema democrático                                                                                        . En sus palabras, "lo que se está intentando hacer en estos casos es interpretar el principio republicano, que es uno de los elementos estructurales del modelo constitucional argentino, al ámbito universitario respecto de la elección de sus autoridades"                                                                                        . Según remarcó, no se pueden forzar los estatutos para habilitar mandatos sucesivos: "Lamentablemente, en el ámbito universitario se intentaban hacer interpretaciones o aplicaciones de los estatutos de forma antirrepublicana, posibilitando más de una reelección y de esta manera contrariando lo que ha sido la historia de la universidad pública argentina"                                                                                        .

El especialista subrayó que el fallo judicial marca una pauta categórica tanto para rectores como para las conducciones de las facultades                                                                                        . En esa línea, fue tajante al señalar que no existen artilugios válidos mediante el enroque de funciones dentro de una misma conducción: "Una fórmula tiene la posibilidad de ser electa y ser reelecta, pero es la fórmula, no pueden intercambiar cargos. Si fuiste decano y decano, o decano y vicedecano, la fórmula tiene la posibilidad de un período y una reelección, no más que eso"                                                                                        .

Consultado sobre la situación de los decanos de la UNCA electos en esquemas cuestionados judicialmente, Gil Domínguez explicó que el criterio fijado por la alzada federal golpea de lleno la representatividad de esos mandatos                                                                                        . "Todos aquellos que hayan sido electos por fuera de esta fórmula republicana, aunque hoy estén ejerciendo el cargo, quedan en una posición de una gran debilidad política en cuanto a su legitimidad"                                                                                        . Indicó además que la temporalidad de la sentencia no subsana el problema de fondo: "La legitimidad política deja muy dañado a quien fue electo dentro de un sistema que no cumple con el principio republicano. Y desde el punto de vista jurídico puede haber algún planteo sobre determinados actos que adopte un decano o decana electa bajo estas circunstancias sobre toma de decisiones que vayan más allá de su propio mandato"                                                                                        .

Al evaluar si la permanencia prolongada es una constante dentro del sistema educativo superior, el jurista descartó que la reelección indefinida sea una regla tolerada por las casas de altos estudios                                                                                        . Por el contrario, recordó que desde la recuperación democrática de 1983 la mayoría de los estatutos universitarios fueron incorporando topes estrictos y sostuvo que "esos inventos por parte de ciertos sectores de la universidad pública argentina de tratar de violar o saltar el límite republicano han sido excepcionales, no han sido la regla"                                                                                        .

En el cierre de su análisis, Gil Domínguez resumió la gravedad institucional de convalidar esquemas de reelección que vulneren la alternancia: "Son cargos a los cuales no se ha accedido por la vía del derecho, sino que se ha accedido por la vía del hecho; entonces la legitimidad entra en severa crisis"                                                                                        . En ese sentido, concluyó que la universidad pública debe ser un ejemplo de republicanismo y no un espacio donde se justifique la vulneración de sus límites estatutarios                                                                                        .

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