La Secretaría de Transporte dispuso de la suspensión preventiva del servicio de transporte de la Empresa Vergara

La medida fue adoptada tras la recepción de material audiovisual en el que se observa una unidad presuntamente circulando con desgaste extremo en sus cubiertas
Actualidad05 de marzo de 2026

La Secretaría de Transporte del Ministerio de Integración Regional, Logística y Transporte informa que se dispuso la suspensión preventiva y provisoria de la prestación del servicio a cargo de la empresa Transporte Vergara, hasta tanto se verifique técnicamente el estado integral de la totalidad de las unidades afectadas a la concesión.

La medida fue adoptada tras la recepción de material audiovisual en el que se observa una unidad presuntamente circulando con desgaste extremo en sus cubiertas. Frente a este indicio, y en el marco de las facultades conferidas por la Ley Provincial N° 4906 y su Decreto Reglamentario N° 2032/97, la Secretaría resolvió aplicar el principio precautorio en resguardo de la seguridad de los pasajeros, conductores y terceros.

El servicio alcanzado por la medida corresponde a los recorridos que la empresa prestaba entre la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca y las localidades de El Rodeo y Las Juntas.

En este contexto, se llevará adelante una inspección técnica integral del parque móvil, a cargo de la Dirección Provincial de Control de Calidad y Seguridad del Transporte. Cada unidad será evaluada de manera individual, verificando el estado y profundidad del dibujo de las cubiertas, el sistema de frenos, dirección y suspensión, luces y señalización, elementos de seguridad obligatorios y condiciones estructurales generales.

Asimismo, se intimó a la empresa a presentar en el plazo de 48 horas hábiles el listado completo de las unidades afectadas al servicio y los certificados vigentes de Revisión Técnica Obligatoria.

En forma paralela, se instruyó sumario administrativo a fin de determinar responsabilidades y, en su caso, aplicar las sanciones previstas por la normativa vigente, garantizando el derecho de defensa.


La medida tiene carácter estrictamente preventivo y no sancionatorio. El objetivo es garantizar que el servicio público de transporte se preste en condiciones óptimas de seguridad.

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