Acordaron un abreviado y condenaron a un hombre a 15 años de prisión por homicidio agravado por arma de fuego

Las partes acordaron una pena de quince años de prisión efectiva, teniendo en cuenta la calificación legal del hecho y las pautas de mensuración previstas en los artículos 40 y 41 del Código Penal. Asimismo, 
se dispuso la continuidad de la detención del condenado en el Servicio Penitenciario Provincial para el cumplimiento de la pena impuesta.
Actualidad18 de mayo de 2026

La jueza directora de la Cámara Penal N°3, Patricia Olmi, homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a José Tomás Doria a la pena de quince años de prisión efectiva por el delito de “homicidio simple 
agravado por el uso de arma de fuego, en calidad de autor”. 
Hoy debía realizarse la audiencia de admisión de evidencias en el marco del juicio por jurados previsto para la causa, sin embargo, previo al inicio de esa instancia, las partes arribaron a un acuerdo de juicio abreviado, por lo que el proceso no continuó bajo la modalidad de jurados populares. 
Ante el reconocimiento del hecho por parte del acusado, la fiscalía, representada por el fiscal de Cámara Penal N°3, Miguel Mauvecin, la defensa y la querella particular acordaron la tramitación de la causa mediante el procedimiento abreviado, posibilidad contemplada en la Ley de Juicio por Jurados. 
Durante la audiencia, el imputado, José Tomás Doria, admitió su responsabilidad penal en los mismos términos expuestos en la solicitud de elevación a juicio presentada por la fiscal de Instrucción de Primera 
Nominación, Yesica Miranda. 
Las partes acordaron una pena de quince años de prisión efectiva, teniendo en cuenta la calificación legal del hecho y las pautas de mensuración previstas en los artículos 40 y 41 del Código Penal. Asimismo, se dispuso la continuidad de la detención del condenado en el Servicio Penitenciario Provincial para el cumplimiento de la pena impuesta. 

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