
Adicciones: Rosales Andreotti advirtió sobre la falta de un abordaje integral y remarcó los límites legales del Poder Judicial
El abordaje de los consumos problemáticos y su impacto en el fuero penal requiere una articulación directa entre las distintas áreas del Estado para evitar respuestas aisladas que deriven en la reincidencia. Así lo planteó la ministra de la Corte de Justicia de Catamarca, Dra. Fernanda Rosales Andreotti, al detallar la complejidad de los casos donde convergen patologías de salud mental, consumo de estupefacientes y conflicto con la ley penal.
La magistrada señaló en LA BRÚJULA que la estructura pública actual impide dimensionar el cuadro general de la problemática en la sociedad. "Nosotros desde el Poder Judicial tenemos, por supuesto, una visión fragmentada. El Poder Judicial ve lo suyo, un hospital ve lo suyo, la Secretaría de Salud Mental ve lo suyo, el servicio penitenciario y los hogares ven su parte, pero no tenemos una visión completa de qué es lo que está sucediendo", explicó. Ante este panorama, instó a coordinar acciones concretas: "Lo que sí tenemos que hacer es ponernos a trabajar juntos, porque la solución no puede estar fragmentada. En la confusión, quienes pierden son aquellas personas que están padeciendo el problema".
Respecto a la mirada social y jurídica sobre el tema, Rosales Andreotti remarcó la importancia de diferenciar la patología de la conducta delictiva. "El consumo problemático es una enfermedad de salud mental, no es un delito en sí el consumir", afirmó, y agregó que al consolidarse una adicción la persona "no puede elegirlo, por lo tanto no puede decidir hacerlo o no hacerlo, sino que tiene que tener un tratamiento para que pueda tener esa autonomía de decisión".
En esa línea, aclaró cuándo interviene la Justicia: "Lo que nosotros vemos es cuando esas personas que tienen una enfermedad y un problema de consumo llegan a la Justicia porque ya cometieron un delito. Esto no quiere decir que todas las personas que consumen cometen delitos". Asimismo, precisó que la mayor correlación dentro del Servicio Penitenciario provincial se registra en personas condenadas por delitos contra la propiedad, seguidos por amenazas y lesiones.
Consultada sobre los reclamos de familiares que acuden a los tribunales solicitando medidas urgentes, la ministra puntualizó las exigencias fijadas por la Ley de Salud Mental para disponer internaciones involuntarias. "La internación involuntaria tiene un requisito principal que es el criterio médico. No son los jueces, ni los fiscales, ni los defensores, ni el Poder Judicial el que puede decir 'esta persona obligatoriamente tiene que ser internada'", subrayó. La orden judicial solo procede ante un dictamen médico que certifique riesgo cierto e inminente para sí o para terceros. Además, advirtió que la medida no puede ser indefinida: "Tiene que durar lo que sea necesario para que la persona pueda valerse por sus propios medios, y a su vez el Poder Ejecutivo tiene que darles el tratamiento que necesitan para poder salir de esa situación".
Finalmente, Rosales Andreotti analizó las órdenes de tratamiento psicológico contempladas en los códigos procesales y advirtió que la recuperación exige voluntad personal y un soporte comunitario real. "El tratamiento es una cuestión que es voluntaria. Si yo no tengo la voluntad de tratarme y de mejorar lo que me pasa, no va a haber ningún 'tratamiento' que sea efectivo", sostuvo. Remarcó que la desintoxicación o el paso por el penal constituyen solo una primera etapa, y que si el individuo regresa al mismo entorno sin herramientas ni contención, el resultado es "nada más que una mejora momentánea". Para ilustrar el trasfondo de exclusión social, relató el caso de un condenado que reincidía para volver a prisión: "Es que por lo menos ahí tengo comida todos los días y duermo donde dormir. Que una persona quiera ir al servicio penitenciario habla muy mal de nosotros como sociedad".


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