Capital: El Concejo Deliberante aprobó la regulación para plataformas de transporte

La nueva ordenanza establece un marco legal con fuertes exigencias para conductores y empresas, buscando garantizar la seguridad y la "igualdad de condiciones" con taxis y remises.

Actualidad13 de noviembre de 2025
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En una decisión clave para la movilidad urbana de la ciudad, el Concejo Deliberante de la Capital aprobó hoy, durante su 28° Sesión Ordinaria, la ordenanza que establece el marco regulatorio para la prestación del Servicio de Transporte Urbano mediante plataformas digitales.

La nueva normativa, que surge a raíz de la "creciente demanda de los vecinos por contar con alternativas modernas" , tiene como objetivo central regular la actividad de empresas como Uber y similares, creando un marco que garantice la seguridad de pasajeros y conductores, el control municipal y una competencia justa sin generar "privilegios ni ventajas competitivas"  respecto a los servicios ya existentes, como taxis y remises.

El proyecto, originado en la Comisión de Legislación General , define a esta modalidad como un "Servicio Privado de Interés Público"  y establece una serie de obligaciones claras tanto para las empresas como para los conductores.

 Nuevas obligaciones para las empresas (ERTUP)

Las "Empresas de Redes de Transporte Urbano de Pasajeros" (ERTUP), como las define la ordenanza, deberán obtener un "Permiso Municipal"  para operar. Para ello, se les exigirá:

  • Inscribirse en Personas Jurídicas.
  • Constituir un domicilio legal y electrónico  en la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca.
  • Pagar las tasas municipales correspondientes.
  • Presentar anualmente la nómina de conductores habilitados, incluyendo sus certificados de antecedentes.
  • Controlar las horas de servicio: la norma prohíbe explícitamente que un conductor preste servicio por más de ocho horas corridas o más de doce horas fraccionadas en un mismo día.
  • Conservar los registros digitales de los viajes por un mínimo de 12 meses.
  •  Requisitos estrictos para conductores y vehículos

La ordenanza crea un "Registro Municipal de STUP" (Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros). Para inscribirse, los conductores independientes deberán cumplir con requisitos significativos:

  • Licencia Profesional: Se exigirá la Licencia de Conducir Categoría "D.1".
  • Antecedentes: Presentar certificados de antecedentes nacionales y provinciales "sin causas ni condenas penales pendientes".
  • Seguro: Contar con una póliza de responsabilidad civil que cubra explícitamente el transporte de pasajeros.
  • Inspección: Tener la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) vehicular al día.

En cuanto a los vehículos, deberán tener una antigüedad máxima de 10 años , ser de cuatro puertas , y contar con aire acondicionado y airbags delanteros  en funcionamiento.

Plazos y sanciones

Conscientes del impacto de la nueva licencia profesional, la ordenanza incluye una Cláusula Transitoria que otorga un plazo de 180 días (prorrogable por 90 más) desde la reglamentación para que los conductores obtengan la categoría D.1 exigida.

Finalmente, la normativa incorpora un nuevo capítulo al Código Municipal de Faltas , estableciendo multas en Unidades de Medida (U.M.) tanto para conductores (de 50 a 600 U.M.) como para las empresas (de 300 a 2.000 U.M.)  que incumplan con estas nuevas disposiciones.

Para los usuarios, la medida busca transparentar el servicio: antes de cada viaje, la aplicación deberá informar el nombre y foto del conductor, el modelo y dominio del vehículo , y el costo estimado del trayecto.

 

 

 

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