Expropiación de Aerolíneas Argentinas: la Justicia de Estados Unidos ordenó a Nación pagar US$ 390 millones de dólares

La Corte de Apelaciones de Columbia rechazó la apelación del Estado argentino para desestimar la demanda de Titan Consortium. El reclamo surge de la condena que el CIADI dictó por la expropiación de Aerolíneas Argentinas en 2008.
Argentina y el Mundo22 de julio de 2026

La Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia, en Estados Unidos, rechazó este martes la apelación presentada por la Argentina para desestimar la demanda del fondo Titan Consortium por la expropiación de Aerolíneas Argentinas. Con esta decisión, el Estado argentino deberá afrontar una condena que, con intereses, asciende a casi US$391 millones.

El caso se remonta a un fallo emitido en 2017 por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), el tribunal arbitral del Banco Mundial, que ordenó al país pagar US$320 millones, además de honorarios legales e intereses, por la expropiación de la aerolínea concretada en 2008 durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. Como la sentencia nunca fue cumplida, el monto actualizado supera los US$390 millones.

La empresa estaba controlada por el grupo español Marsans, que inició el reclamo ante el CIADI luego de que el Estado nacionalizara Aerolíneas Argentinas y Austral. Posteriormente, la empresa quebró en Madrid y los derechos del litigio fueron cedidos a Burford Capital, el fondo buitre que también intervino en la demanda por la expropiación de YPF, y más tarde pasaron a manos de Titan Consortium, actual demandante.

El CIADI no cuenta con mecanismos propios para ejecutar sus laudos. Por ese motivo, cuando un Estado no cumple con el pago de una condena, los acreedores deben acudir a los tribunales de los países donde existan bienes o activos soberanos que puedan ser alcanzados por la Justicia. En ese contexto, Titan Consortium inició en 2021 una demanda en Washington D.C. para ejecutar el fallo.

La Argentina solicitó que esa acción fuera desestimada al considerar que el reclamo había prescripto. Sin embargo, tanto la primera instancia como ahora la Corte de Apelaciones rechazaron ese planteo y habilitaron el avance del proceso judicial.

Fuente: Perfil

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