Nuevas reglas para el cobro de préstamos por transferencia

La normativa del Banco Central rige para los créditos tomados a partir del 31 de agosto en bancos, billeteras virtuales y fintech.
Actualidad01 de septiembre de 2026

El Banco Central de la República Argentina puso en marcha un nuevo esquema para regular el cobro de préstamos mediante transferencias directas desde cuentas bancarias o billeteras virtuales. La medida no tiene efecto retroactivo. Aplica únicamente a los contratos firmados desde el 31 de agosto y no involucra deudas de tarjetas ni cuotas de planes de ahorro.

En diálogo con LA BRÚJULA, el director provincial de Defensa del Consumidor, Sergio Paredes Correa, detalló los límites que impone la normativa: “La cuota del préstamo que obtiene el consumidor no puede superar el 30% de sus ingresos”. Según indicó, el usuario tiene que autorizar la operación de forma expresa si el cobro se realiza desde una cuenta sueldo o una cuenta distinta a la que recibió el dinero: “El consumidor puede autorizar que esa cuota, que no supere el 30% de sus ingresos, se debite de una cuenta distinta a la cual fue emitida ese préstamo”.

Las cuotas deben ser fijas e idénticas a lo largo del crédito. A su vez, las entidades prestamistas tienen la obligación de notificar los débitos con anticipación. “El banco, la billetera virtual o la fintech tiene que comunicar 24 horas antes al consumidor que va a efectuar este descuento, y tiene este intento más dos intentos más a las 48 horas y a las 96 horas como límite”, precisó Paredes Correa. Si transcurren esos tres intentos y los fondos no están disponibles, la entidad no puede continuar enviando solicitudes de cobro automáticas bajo ese ciclo.

La regulación contempla además la marcha atrás del usuario si decide interrumpir los débitos automáticos. El titular de Defensa del Consumidor remarcó que el cliente “tiene el derecho, la facultad de poder revocar ese consentimiento otorgado en cualquier momento de la etapa del préstamo que obtuvo”.

Ante las dudas frecuentes sobre las condiciones contractuales, el funcionario aconsejó revisar con detenimiento cada documento digital o en papel: “Le recomendamos al consumidor que lea expresamente las condiciones generales a la cual uno se adhiere cuando va a efectuar obviamente un préstamo; esa letra chica prestarle atención y que el consentimiento esté expresamente determinado, que sea debidamente informado”.

En la dependencia provincial reciben consultas vinculadas a la imposibilidad de afrontar pagos y pedidos de refinanciación. Frente a casos de personas desocupadas, jubilados o vecinos con problemas de salud graves, el organismo abre mesas de mediación individuales con los acreedores para buscar planes de pago sostenibles. Los reclamos y consultas se reciben de lunes a viernes, de 7:30 a 12:30, en el pabellón 27 del CAPE, o por vía digital a través de la página oficial de Facebook de Defensa del Consumidor Catamarca.

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